Divorcio en Orlando Florida y la clase para padres

Actualizado octubre de 2026 · Revisado por Billy Forte

En un divorcio en Orlando Florida o en un caso de paternidad, la clase para padres se rige por la Orden Administrativa 07-98-37-01 del Noveno Circuito Judicial, que cubre los condados de Orange y Osceola. La orden exige el Curso de Educación para Padres y Estabilización Familiar, fija plazos de 45 días y dice que cada padre entrega un certificado de finalización al secretario de la corte (Clerk). Sin esa prueba, el circuito no dicta una sentencia sobre la responsabilidad de los padres.

Datos clave

  • La orden: Orden Administrativa 07-98-37-01, firmada el 31 de julio de 2007. Vea la orden de un vistazo.
  • Casos: divorcio con hijos menores y paternidad con asuntos de responsabilidad de los padres. Vea qué casos.
  • Plazo: 45 días después de presentar el caso para quien lo presenta, o después de la notificación para la otra parte. Vea los plazos.
  • Prueba: cada parte entrega un certificado de finalización al secretario. Vea el paso del secretario.
  • Exenciones: necesitan una buena razón por escrito y “no se darán con facilidad”. Vea las exenciones.
  • Sanciones: desestimación, eliminación de escritos u otras sanciones. Vea las sanciones.

La orden de un vistazo

El Noveno Circuito publica la orden como un PDF en su sitio web (en inglés). Su título es “Orden Administrativa Enmendada sobre Programas Educativos Obligatorios para Todas las Partes en Acciones de Disolución”. Cubre las acciones con hijos menores y las acciones de paternidad que tratan la responsabilidad de los padres.

El juez principal Belvin Perry, Jr., la firmó en Orlando el 31 de julio de 2007. Reemplazó a la orden anterior, la 07-98-37. Cita la sección 61.21 de los Estatutos de Florida y la Regla 2.215 de las Reglas de Administración Judicial de Florida.

La orden es corta. Sus párrafos se ordenan así:

PárrafoQué cubre
A.1El curso es obligatorio para todas las partes
A.2Plazos para casos de divorcio y de paternidad
A.3No hay sentencia sobre la responsabilidad de los padres sin prueba
A.4Exenciones por escrito; certificados de otros estados
A.5Normas del curso fijadas por el estado
A.6Lista de proveedores del secretario y registro en el expediente
A.7Cada parte se inscribe y paga
A.8Certificado al secretario; sanciones

Qué casos cubre

El párrafo A.1 hace obligatorio “el Curso de Educación para Padres y Estabilización Familiar”. Se aplica a todas las partes en dos tipos de casos:

  • una disolución de matrimonio con hijos menores
  • una acción de paternidad que trata la responsabilidad de los padres

Eso coincide con la ley estatal. La sección 61.21 (en inglés) nombra los mismos dos tipos de casos. Para un caso que cambia un plan de crianza o un horario de tiempo compartido que ya existe, la ley estatal dice que la corte “puede” exigir el curso.

Plazos del divorcio en Orlando Florida

El párrafo A.2 pone el reloj en marcha. Sigue de cerca la sección 61.21:

  • Divorcio, quien presenta la petición: “dentro de 45 días después de presentar la petición”.
  • Divorcio, las otras partes: dentro de 45 días después de recibir la notificación de la petición.
  • Paternidad, quien presenta la petición: dentro de 45 días después de presentarla.
  • Paternidad, las otras partes: dentro de 45 días después de un reconocimiento de paternidad, una declaración judicial de paternidad o una orden que da visitas o manutención.

La orden usa la palabra antigua “visitas” (visitation). Ahora, la ley estatal dice “tiempo compartido” en ese mismo lugar.

Un ejemplo rápido: si notifican a la parte demandada el 5 de mayo, el día 45 cae el 19 de junio. El párrafo A.2 también dice que cada parte debe empezar “lo antes posible”, a menos que la corte la exima por una buena razón.

Pasos según la orden del Noveno Circuito: elegir un curso de la lista, inscribirse y pagar, terminar en 45 días, entregar el certificado al secretario y el secretario lo registra
Divorcio en Orlando Florida y la clase para padres 3

No hay sentencia sin prueba

El párrafo A.3 es la línea más fuerte de la orden. Dice que en el circuito no se dictará ninguna sentencia de divorcio o de paternidad sobre la responsabilidad de los padres sin prueba de que las partes cumplieron. Las excepciones de la propia orden siguen aplicándose.

El párrafo A.2 también dice que cada parte presenta la prueba ante el secretario “antes de que se dicte la sentencia final”. Por eso, el curso no es un paso para dejar al final. Puede detener la sentencia final.

Planear la clase temprano evita que este paso retrase el final de su caso.

Las exenciones son poco comunes

La ley estatal permite que la corte exima a una parte del curso, o del plazo, por una buena razón. El párrafo A.4 agrega cómo usa ese poder el Noveno Circuito.

La corte puede eximir o cambiar el requisito “si se muestra una buena razón, por escrito”. Luego la orden agrega que esas exenciones “no se darán con facilidad”.

Dicho de forma sencilla, aquí una exención no es algo de rutina. Los padres no pueden eximirse del curso por acuerdo entre ellos.

Si cree que tiene una buena razón, hable con un abogado de derecho de familia de Florida. Vea si se puede eximir el requisito.

Certificados de otros estados

El párrafo A.4 también dice que la corte “puede aceptar” certificados de finalización de proveedores de otros estados. La palabra es “puede”, no “debe”. Un padre que vive en otro estado debe preguntar a la corte antes de contar con un curso de ese estado.

Normas del curso en la orden

El párrafo A.5 une el curso a la aprobación del estado. La orden, escrita en 2007, nombra como agencia que aprueba al Departamento de Servicios para Niños y Familias. La agencia que aparece hoy en las páginas del estado es el Departamento de Niños y Familias de Florida (DCF).

El párrafo A.5 dice que el curso debe durar “un mínimo de cuatro (4) horas”. Debe enseñar a los padres que se divorcian sobre los efectos del divorcio en los padres y en los hijos.

La regla 65C-32.002 del DCF (en inglés) completa los detalles. Las cuatro horas incluyen la enseñanza, los ejercicios y el examen final. Un curso en línea debe impedir que alguien termine en menos de cuatro horas.

Cómo elegir un curso

El párrafo A.6 dice que el secretario de la corte de circuito pone a disposición la lista de proveedores aprobados. Las partes pueden asistir al curso “que elijan”.

El párrafo A.7 pone la tarea en cada padre. Cada parte se inscribe, termina el curso y paga el costo. La orden no dice cuánto cuesta.

La lista de proveedores del DCF (en inglés) es la lista actual del estado. Muestra los idiomas, la ciudad, la forma de dar el curso, la ayuda para personas de bajos ingresos y la fecha de vencimiento de cada curso. Según la regla 65C-32.005 (en inglés), la aprobación dura tres años.

Costo y ayuda para pagar

La orden deja el precio al proveedor. La ley estatal dice que un proveedor puede cobrar “un costo razonable” a cada padre, y no hay un precio estatal.

Si tiene poco dinero, mire la columna “Indigent Status” (ayuda para personas de bajos ingresos) de la lista del DCF. El DCF también debe nombrar al menos un lugar por circuito con tarifa según ingresos, si hay uno disponible. Además, un proveedor no puede cobrar más cuando un padre necesita tiempo extra para aprobar el examen.

Qué enseña el curso

Las reglas del DCF nombran los temas que todo curso debe enseñar. Incluyen cómo hablar con sus hijos, cómo hablar con el otro padre e ideas para un plan de crianza. Vea lo que incluye la clase de 4 horas.

¿Se acepta un curso en línea?

La orden no habla de los cursos en línea. Menciona proveedores y “lugares”, pero no dice que el curso deba ser en persona o en línea.

La ley de Florida exige que el DCF apruebe al menos un curso por internet para todo el estado. Aun así, algunas cortes piden clases en persona. Antes de elegir entre las clases para padres en Orlando, pregunte al secretario o a la corte si un curso en línea sirve para su caso en Orange u Osceola.

Entregar el certificado al secretario

El párrafo A.8 dice que cada parte debe entregar al secretario un certificado de finalización. Según el párrafo A.6, el secretario registra la finalización en el expediente cuando recibe cada certificado.

Su proveedor emite el certificado. Según la regla 65C-32.004 del DCF (en inglés), se entrega a cada padre que termina el curso y saca al menos 70 por ciento en el examen. Muestra el nombre del curso, el nombre y los datos de contacto del proveedor, el nombre del plan de estudios si lo hay, y las fechas de inicio y de fin.

Los intentos del examen no tienen límite. Los proveedores guardan copias de los certificados por cinco años.

Sanciones en la orden

El párrafo A.8 nombra lo que puede pasar si una parte no cumple. Dice que eso “puede llevar a que la Corte desestime la acción”, a que se eliminen escritos presentados y a otras sanciones.

La ley estatal agrega su propia lista. Según la sección 61.21(9), un padre que no asiste puede ser hallado en desacato. También se le puede negar la responsabilidad compartida o el tiempo compartido, o recibir otras sanciones.

Vea qué pasa si no termina la clase.

Resultados en el Noveno Circuito: sin certificado no hay sentencia, no cumplir puede llevar a la desestimación, las exenciones son poco comunes y los certificados de otros estados pueden aceptarse
Divorcio en Orlando Florida y la clase para padres 4

Preguntas para el secretario

La orden deja algunos puntos prácticos abiertos. Estas son preguntas razonables para la oficina del secretario:

  • ¿Cómo entrego mi certificado al secretario en este caso?
  • ¿La corte aceptará un curso en línea?
  • ¿La corte aceptará un curso que tomé en otro estado?
  • ¿Cómo pido la condición de indigencia civil?

Padres del condado de Osceola

La misma orden cubre el condado de Osceola. Un padre con un caso presentado en Osceola sigue los mismos plazos y el mismo paso con el secretario. Los padres de Osceola pueden usar la misma lista del DCF, donde la columna de ciudad muestra dónde se reúne cada curso en persona.

Necesidades especiales y asistir por separado

Para hijos con necesidades especiales o problemas emocionales, la sección 61.21 exige un curso diseñado para esas necesidades. Revise la información del DCF sobre educación para padres (en inglés) y pregunte al proveedor y a la corte por un curso adecuado antes de inscribirse.

Los padres no tienen que tomar el curso juntos. Si hay antecedentes de violencia doméstica, la corte puede impedir que lo tomen juntos.

Lo que usted diga en la clase queda fuera del caso. La ley estatal dice que lo dicho en el curso no se usa para decidirlo, a menos que los dos padres lo acepten por escrito.

Lo que encontramos en las páginas oficiales

Revisamos el sitio del Noveno Circuito el 26 de octubre de 2026. La orden estaba publicada en una carpeta de archivos de enero de 2026. Todavía mostraba su fecha de firma del 31 de julio de 2007.

La orden no mencionaba cursos en línea, costos ni cómo presentar por vía electrónica. Esas preguntas son para el secretario. La orden tampoco nombraba proveedores; dejaba la lista al secretario y al estado.

Errores comunes que debe evitar

Cada punto viene de la orden o de la sección 61.21:

  • Contar con una exención fácil. La orden dice que las exenciones “no se darán con facilidad”.
  • Olvidar al secretario. Cada parte entrega el certificado al secretario.
  • Dar por hecho que un curso de otro estado cuenta. La corte “puede” aceptarlo, no “debe”.
  • Empezar tarde. La orden dice que se empiece “lo antes posible”.
  • Tratar el curso como el último paso. No se dicta sentencia sobre la responsabilidad de los padres sin prueba.

Cómo pueden variar los requisitos

DivorceParentingClass.net está disponible en línea para padres en todos los condados de Florida. La sección 61.21 fija el requisito del curso para padres en todo el estado, y el DCF aprueba los cursos. Que el curso esté disponible en línea no reemplaza las instrucciones de su propio caso.

Las órdenes de Duval, Clay y Nassau por lo general piden un curso en persona. La corte puede permitir otro formato; obtenga cualquier permiso necesario antes de tomar un curso en línea.

Lea la orden de su condado, su tipo de caso y su juez asignado. Una orden de Nassau no es la orden permanente de todos los condados del Cuarto Circuito.

Las instrucciones locales también pueden fijar pasos de inscripción, presentación y finalización. Guarde cualquier permiso con los documentos de su caso, termine antes de su fecha límite y presente su propio certificado como se le indique. Un recibo de inscripción no prueba que la corte haya aceptado un certificado.

Las leyes, las órdenes de la corte y las reglas locales pueden cambiar. Revise las instrucciones de su corte, el sitio web del secretario (clerk) de su condado y la lista de proveedores del DCF antes de inscribirse o de presentar documentos.

Preguntas frecuentes

¿La clase para padres es obligatoria en el condado de Orange?

Sí, en un divorcio con hijos menores y en un caso de paternidad con asuntos de responsabilidad de los padres. La orden 07-98-37-01 la hace obligatoria para todas las partes.

¿Dónde entrego mi certificado en Orlando?

Al secretario de la corte de circuito. El párrafo A.8 dice que cada parte entrega al secretario un certificado de finalización, y el secretario lo registra en el expediente.

¿La corte puede eximirme de la clase?

Solo si muestra una buena razón por escrito. La orden dice que las exenciones “no se darán con facilidad”.

¿La corte aceptará un curso de otro estado?

Puede hacerlo. El párrafo A.4 dice que la corte “puede aceptar” certificados de otros estados, así que pregunte antes de contar con uno.

¿La orden permite clases en línea?

La orden no lo dice. Pregunte al secretario o a la corte antes de elegir un curso en línea.

¿Qué pasa si nunca termino?

La orden permite desestimar la acción, eliminar escritos presentados u otras sanciones. Sin prueba, no se dicta sentencia sobre la responsabilidad de los padres.

¿Cuánto cuestan las clases para padres en Orlando?

La orden no fija un precio. Cada proveedor fija su propio “costo razonable”, y la lista del DCF muestra qué cursos ofrecen ayuda a los padres que no pueden pagar.

¿La orden se aplica en el condado de Osceola?

Sí. La orden 07-98-37-01 cubre los condados de Orange y Osceola.

Conclusión

Los padres de Orange y Osceola deben terminar el curso dentro de 45 días y entregar el certificado al secretario, porque el Noveno Circuito no dicta sentencia sobre la responsabilidad de los padres sin él. Antes de elegir el curso en línea de educación para padres de Florida de DivorceParentingClass.net, confirme con el secretario o con la corte que su caso acepta un curso en línea. Si tiene preguntas sobre una exención o sobre su propio caso, hable con un abogado de derecho de familia de Florida.

Artículos relacionados

Fuentes


Billy Forte es el propietario de DivorceParentingClass.net.

Este artículo es información general, no asesoría legal. Las reglas de la corte, la práctica local y los hechos de cada caso pueden variar según el condado, el juez y el tipo de caso en Florida. Use fuentes oficiales de la corte y del estado, y consulte a un abogado de derecho de familia de Florida para recibir orientación legal sobre su caso.